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Código de Justicia Para Adolescentes Artículo 214 bis Estado de Puebla


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Código de Justicia Para Adolescentes Puebla
Artículo 214 bis.

El Consejo General Técnico Interdisciplinario funcionará como un órgano colegiado consultivo, dependiente del área administrativa competente de la Secretaría General de Gobierno, coadyuvante en el cumplimiento de las facultades que le confiere el presente Código a dicha Dependencia.

El área administrativa competente de la Secretaría General de Gobierno transmitirá la información contenida en el expediente de cada adolescente, proporcionada por el Consejo General Técnico Interdisciplinario, que solicite la autoridad jurisdiccional.

El Consejo General Técnico Interdisciplinario celebrará sesiones ordinarias por lo menos una vez a la semana; especiales o extraordinarias cuando sea necesario



Estado de Puebla Artículo 214 bis Código de Justicia Para Adolescentes
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